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Concurso de traslados del Cuerpo Auxiliar.
(21-10-2008)

Si se cumplen las previsiones expresadas en nota informativa de la DGFP, que igualmente figura en la citada web, la resolución definitiva (Orden del Consejero y publicación en el B.O.C.) se realizará antes de fin de mes, “siendo intención de este centro directivo que la toma de posesión tenga efectos desde el 1 de noviembre”.

Desde el Sindicato Independiente Canario nos congratulamos por la buena nueva y felicitamos a aquellos funcionarios que mejoran en su carrera profesional. No obstante, nos entristece constatar que un hecho rutinario, como debería ser la periódica y regular resolución de los concursos de traslados entre funcionarios, se convierta en LA NOTICIA DEL AÑO.

Y no podemos olvidar que:
- Se ha resuelto con retraso, generando una vez más (antecedente inmediato: concurso del 2000 resuelto en el 2007) el derecho de los funcionarios a ser indemnizados por los perjuicios sufridos. Es ahora, cuando se produzca la toma de posesión de los destinos adjudicados, cuando procede que los afectados inicien el correspondiente procedimiento de exigencia de responsabilidad patrimonial por el funcionamiento anormal (incumplimiento del plazo para resolver) de la Administración. Para ello tienen a su disposición los servicios jurídicos del Sindicato.
- Ese retraso -al menos en parte- tiene su origen en una decisión, voluntaria y consciente, de la Administración. Según parece, el “cacao” que se montó al resolver la promoción interna del personal laboral ¡la semana en la que comenzaba el curso escolar! (¡Manda …! Que diría un conocido expresidente del Congreso), unido al hecho de que se cumplía el largo plazo para resolver la promoción interna al Grupo C (12 meses según la convocatoria), motivaron la toma de esa decisión. Se sacrificó conscientemente una vez más el derecho a la movilidad de los funcionarios públicos, para dar prioridad a otro colectivo u/yocultar una evidente incapacidad de gestión (transcurrieron tres meses entre las propuestas de adjudicación provisional y de adjudicación definitiva).

La voluntariedad y consciencia de la decisión se desprende de la propia “nota informativa sobre calendario de procedimientos” publicada en la web de Función Pública:

“Debido a la coincidencia de procedimientos de provisión de puestos de trabajo y algunos procedimientos selectivos de promoción interna se está produciendo una excesiva movilidad en corto espacio de tiempo en los diferentes centros directivos de la Administración Autonómica.
“Ello coincide a su vez con otras tramitaciones, con considerable repercusión en la sociedad…”
- Pues bien, ya es hora de que la autoridad o autoridades que adopten este tipo de decisiones perjudiciales para los funcionarios, paguen de su bolsillo las indemnizaciones correspondientes y no, como hasta ahora, los ciudadanos. Por ello, una vez conocido el montante de las referidas indemnizaciones, el SIC exigirá al Presidente del Gobierno de Canarias que impulse la incoación del correspondiente expediente de exigencia de responsabilidad patrimonial a esas autoridades. Ya es hora de que en Canarias se aplique el art. 145 de la Ley 30/1992, de Procedimiento Administrativo Común.
- Todo este lío e improvisación, tiene su origen en la falta de un programa anual de concursos -aprobado por el Gobierno en el cuarto trimestre del año anterior- que planifique adecuadamente la movilidad de los funcionarios y que garantice ese derecho para todos los Cuerpos, no sólo para los Generales. No es una propuesta novedosa del SIC: se trata de que se cumpla lo establecido en el art. 6º del Decreto 48/1998, de 17 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Sigue paralizado el concurso del Grupo C y las últimas actuaciones de la Administración precisamente no ayudan a que continúe su tramitación. Los concursos de los Grupos A y B (Cuerpos Generales y Facultativos) ni se sabe cuando "se dignarán" a convocarlos. Ya saben todos que, en la C.A.C., la movilidad no es un derecho de los funcionarios que se pueda ejercitar regularmente, sino una "regia y graciosa concesión" de la autoridad de turno.

Y mientras pasan estas cosas, Función Pública no quiere negociar con los Sindicatos representativos de los funcionarios, sólo con los que están en la famosa “Mesa de Empleados Públicos”. Particularmente, al SIC parece que no quieren verlo ni en pintura.

¿Será porque es uno de los pocos –siendo generosos- Sindicatos que está denunciando todas y cada una de las irregularidades que los funcionarios vemos un día sí y otro también?

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